miércoles, 19 de junio de 2013

AMBIENTE EXPUSO ANTE UNIR LA EXIGENCIA DEL SEGURO AMBIENTAL.

Autoridades de la Secretaría de Ambiente de la Provincia mantuvieron una reunión informativa con la comisión directiva de la Unión de las Industrias Riojanas (UNIR), con el fin de exponer los avances logrados en el tratamiento de efluentes industriales, además de recordar que se aplicarán multas sobre los incumplimientos a la prohibición de destinar residuos provenientes del parque industrial en lugares no autorizados. Asimismo informaron que se comenzará a exigir el Seguro Ambiental Obligatorio establecido por la Ley General de Ambiente. Estuvieron presentes el secretario de Ambiente Nito Brizuela, el gerente de UNIR Osvaldo García, el presidente de la Cámara Argentina de Aseguradoras de Riesgo Ambiental (CAARA), Jorge Furlán, el coordinador de Residuos Peligrosos Medardo López Amaya y la referente del área Legal de la Secretaría de Ambiente, Carolina Vega Viale, además de otros integrantes de la comisión directiva de UNIR. Luego del encuentro, Nito Brizuela sostuvo que junto a representantes de empresas del Parque Industrial se trataron temas vinculados a los importantes avances logrados sobre el tratamiento de efluentes industriales en las tres textiles que más volumen vuelcan y que mayor necesidad de tratamiento precisan por realizar todo el proceso. “Nuestro interés es que todas las empresas del parque industrial conozcan esta situación, especialmente para desmitificar que el parque contamina, ya que desde el inicio de nuestra gestión, hemos trabajado para evitar los vuelcos hasta conseguir que hoy las empresas más grandes tengan sus propias plantas de tratamiento”, expresó. Por otra parte, Brizuela dijo que en razón de haberse verificado en diferentes lugares, residuos comunes y en algunos casos, residuos especiales, en recicladoras o en lugares de acopio transitorio de la basura, provenientes del parque industrial, y con el agravante de un incendio producido días atrás, donde había materiales también provenientes del Parque Industrial, en la reunión se recordó que esta acción está terminantemente prohibida, y que se avanzará con las sanciones (multas) pertinentes. Asimismo, en la reunión también se informó que se comenzará a exigir el seguro ambiental obligatorio, el cual está establecido en la Ley General de Ambiente. Para explicar este tema estuvo presente el presidente de la Cámara Argentina de Aseguradoras de Riesgo Ambiental (CAARA), Jorge Furlan, quien dialogó con los representantes de UNIR con el fin de acordar visitas a los establecimientos del Parque Industrial. Respecto a los avances alcanzados en el tratamiento de efluentes industriales, el secretario Nito Brizuela indicó que lo más importante es que las empresas lograron mejorar sus procesos, disminuyendo el uso de sal, y con la recuperación de agua. En este sentido, dijo que se continúan realizando reuniones para avanzar sobre este tema en particular, donde también participa Aguas Riojanas, ya que es la entidad que exige el cumplimiento de determinados parámetros con los cuales se deben realizar los vuelcos a la colectora industrial. En relación a esto, el funcionario manifestó que “a todas las empresas que realizan vuelcos, vamos a exigirles los análisis de efluentes, teniendo en cuenta que si bien pueden no tener determinados niveles de contaminación, sí necesitamos que determinados parámetros lleguen al punto de tratamiento, donde Aguas Riojanas va a realizar una planta que pueda conectar con los efluentes cloacales, con el fin de obtener un mayor volumen para riego de pasturas forrajeras”. El SAO es regulado por la Ley 25675 (General de Ambiente (LGA) y de Creación del Seguro Ambiental Obligatorio), que en sus artículos principales relacionados con este instrumento dice que toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir. Asimismo, dispuso que quien cause daño ambiental sea responsable de su restablecimiento al estado anterior al deterioro provocado o, en caso de que no sea técnicamente factible, deberá depositar la indemnización sustitutiva que determine la Justicia ordinaria en el Fondo de Compensación Ambiental, creado por la misma ley para instrumentar acciones de reparación. La resolución Nº 070/2012 por la cual se exige el SAO como requisito para obtener los permisos, habilitaciones o declaraciones de impacto ambiental que expide la Secretaria de Ambiente de la Provincia; como también las empresas que manejen residuos peligrosos; y a su vez todo otro establecimiento al cual se lo considere necesario. Los antecedentes normativos referentes son las Leyes provinciales 7801 de Medio Ambiente y la 8735 de residuos peligrosos.

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